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Cómo obtener prestaciones del EDD mientras no se puede trabajar debido al coronavirus

Emanuel Shirazi
¿QUÉ OCURRE SI EL COLEGIO DE MI HIJO ESTÁ CERRADO POR CORONAVIRUS?

California Los permisos escolares de urgencia y las prestaciones por desempleo pueden ayudar a algunos trabajadores

Si falta al trabajo para cuidar de su hijo tras el cierre de su colegio, puede tener derecho al Seguro de Desempleo. [JH2] El Departamento de Desarrollo del Empleo está tramitando las solicitudes relativas al cierre de los colegios caso por caso, y fomentando las solicitudes de prestaciones parciales cuando el empleador permite la reducción de jornada, pero aún no ha aclarado si los requisitos habituales de estar disponible para trabajar no se exigirán cuando el empleador no permita la reducción de jornada. Los trabajadores por cuenta ajena deben presentar su solicitud de inmediato, ya que el periodo de espera habitual de 7 días para percibir las prestaciones se ha suprimido debido a la COVID-19.[JH3] Lea más sobre este tema a continuación.

Además, según el Código Laboral de California, las empresas con 25 o más empleados trabajando en el mismo lugar deben permitir que los empleados tomen hasta 40 horas de permiso al año para hacer frente a una emergencia en la guardería o escuela de un niño. No obstante, el empleado debe notificarlo a la empresa con antelación.

ESTOY PERDIENDO SALARIO. ¿QUÉ ME PUEDE AYUDAR?

Los trabajadores del California pueden solicitar la sustitución salarial por incapacidad y reducción de jornada

Dos programas estatales están disponibles para los empleados [JT4] en necesidad de sustitución salarial para apoyar el distanciamiento social para su salud y seguridad - Seguro Estatal de Incapacidad (SDI) y Seguro de Desempleo (UI), ambos administrados por el Departamento de Desarrollo de Empleo (EDD). La Orden Ejecutiva del Gobernador Newsom renunció al habitual período de espera de una semana para las personas que están desempleados y / o discapacitados como consecuencia de la COVID-19.

El Seguro Estatal de Incapacidad Laboral define la discapacidad como cualquier enfermedad o lesión que impida el trabajo regular o habitual. Las prestaciones cubren el 60-70 % del salario hasta un máximo de $1.300 por semana durante un máximo de 52 semanas y están exentas de impuestos. El trabajador debe estar incapacitado para trabajar durante al menos ocho días y presentar un certificado médico expedido por un facultativo antes de que se le concedan las prestaciones. Las solicitudes pueden presentarse en un plazo de 49 días a partir de la primera fecha en que tuvieron que dejar de trabajar por incapacidad.

Aunque el EDD aún no ha confirmado que se vayan a aprobar las solicitudes que aleguen únicamente vulnerabilidades relacionadas con la edad, sí ha confirmado que las personas que no puedan trabajar por "tener o estar expuestas" al COVID-19, si así lo certifica un profesional médico, pueden presentar una solicitud de seguro de incapacidad.

Los trabajadores de más edad que pertenezcan a una población vulnerable definida por la edad y que obtengan un certificado médico que acredite que su afección relacionada con la edad es una "enfermedad" también pueden optar a las prestaciones por incapacidad, aunque todavía no existe una respuesta segura a esta pregunta. Cuando los médicos u otros profesionales sanitarios rellenen los formularios de incapacidad, deben considerar la posibilidad de utilizar "R54", el código de la Clasificación Internacional de Enfermedades para la "debilidad física relacionada con la edad" cuando no exista una afección más específica.

El EDD también administra las prestaciones de baja familiar retribuida (PFL), que permiten hasta seis semanas de PFL a la tarifa del SDI a los Californians que no pueden trabajar por estar cuidando a un familiar enfermo o en cuarentena con COVID-19, si así lo certifica un profesional médico.

Si un empresario cierra el centro de trabajo por COVID-19 y no paga o paga sólo parcialmente a sus empleados, los trabajadores pueden solicitar el Seguro de Desempleo (UI) o, si cumplen los requisitos, el SDI. Las prestaciones del Seguro de Desempleo cubren aproximadamente el 50 % del salario, hasta un máximo de $450 por semana, que es imponible. [JH5]

El EDD ha descrito cómo los trabajadores por cuenta propia, contratistas independientes pueden calificar para UI. El Seguro Estatal de Incapacidad sólo está disponible para los contratistas independientes que se hayan inscrito en la Cobertura Electiva. Los trabajadores son a menudo mal clasificados como contratistas independientes, y pueden tener los mismos derechos a los beneficios como empleados bajo AB 5, incluso si su empleador los llama un "contratista independiente."

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